El Gobierno Nacional mediante un decreto obliga a
circular con los cascos y chalecos
reflectivos, grabados con la patente de la moto. La Jueza de Falta Comuna Doc.
Belem Rouvier comento en dialogo con Fm Florencia, los detalles de esta medida.
La joven magistrada detallo los alcances de
esta medida, que en Florencia aun no ha sido reglamentada, y que está lejos de
reglamentarla, ya que la medida está diseñada para combatir los “moto chorros”,
que se suelen ver en las grande ciudades. El decreto recién entrara en vigencia
el próximo 15 DE JUNIO, esto quiere decir QUE SI TE QUIEREN HACER UNA MULTA
PORQUE NO CUMPLIS, con esta nueva medida, hasta esa fecha no es legal, es
decir, recién desde el 15 de junio en adelante te podrán multar, por no llevar
esta identificación. En el caso de la
localidad, las multas para este caso solo te podrán hacer en la Ruta Nacional
11, pero a partir de la fecha mencionada anteriormente.
La Ley Nacional de Transito Nº 24.449, fue
modificada por el presidente Mauricio Macri, mediante un decreto que anexa esta
nueva medida.
Como tiene que ser la nueva
identificación
Otras de las
cuestiones que preocupa es como debe ser
esta nueva identificación, antes que nada tenes que saber que los
cascos, tanto del acompañante como del
conductor deben ser identificados con la patente de la moto con la que
circulan en los laterales derecho e izquierdo. EL ACOMPAÑANTE debe llevar la
identificación GRABADO EN EL CHALECO REFLECTARIO, Y LA IDENTIFICACIÒN DEL
DOMINIO (MOTO) TANTO EN EL FRENTE COMO EN EL DORSO.
El color de las
letras y numero tiene que ser blanco reflectante, la dimensión mínima de cada
letra y numero será de DIEZ centímetros de alto, y de ancho de un centímetro y
medio.
Imàgen ilustrativa.
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