La
Constitución Nacional en su art. 37 predica que el sufragio es universal,
secreto y obligatorio por lo que no votar se considera una falta electoral y es
pasible de sanciones y/o multas.
Aquellos electores que habiendo infringido en la obligación de votar y no
regularizaran su situación pagando la multa correspondiente, se verán sancionados
no pudiendo realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales
nacionales, provinciales, o municipales.
Valores de las multas por no
votar
En caso de no
haber emitido voto en solo un acto electoral (primarias o generales) el valor
de la multa será de cincuenta pesos $50
En caso si el
elector de ausentare tanto en las PASO como en las generales de octubre ,
deberá abonar una multa por cien pesos ($100), que se acumularán a los
cincuenta pesos ($50) correspondientes a la primera infracción, es decir que
abonará un total de $ 150 en concepto de multas .
¿Cuál es el destino de la
multa?
El monto de las multas integra el Fondo Partidario Permanente que está a
cargo del Ministerio del Interior.
¿Cómo se pagan las multas?
En primara instancia el elector debe constatar que se encuentra presente en
el Registro de Infractores
Una vez realizada la consulta , el sistema le permitirá acceder a
la impresión de un comprobante para que pueda realizar el pago de la multa
correspondiente.
La multa podrá
ser pagada en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina “y en las
demás entidades que se habiliten para el cobro”.
Instrucciones para el
pago de multas por no votar.
Pago por Banco
Nación
·
Hacer click sobre
el botón Por Banco Nación
·
Se abrirá una ventana donde se generará y visualizará
la boleta de pago que Ud. deberá imprimir
·
Una vez impresa la boleta, concurrir a una sucursal del Banco Nación y
abonar allí presentándose en las ventanillas correspondientes.
·
Concretado el pago, Ud. no
deberá hacer ninguna otra gestión ya que el Banco Nación comunicará
a la Justicia Nacional Electoral. Esta novedad puede demorar 48 hs. aprox. en
ser reflejada en el Sistema de Consulta del Registro de Infractores (http://infractores.padron.gov.ar) . Por lo cual
solicitamos aguarde mínimamente este tiempo para volver a consulta su
estado en este registro.
·
Solicitamos conserve el comprobante de pago para el caso de presentarse
alguna discrepancia en los registros de pago.
Fuente: Fm Ideal.
Imàgen ilustrativa.
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